La nueva ley de IA entra en vigor el 2 de agosto ¿qué cambia para tu empresa?

La ley europea de inteligencia artificial empieza a aplicar sus reglas de transparencia el 2 de agosto de 2026. Afecta a tu web, tu chatbot y lo que publicas en redes. Te contamos qué te toca hacer y por dónde empezar.

Durante años, las normas tecnológicas europeas parecían cosa de grandes corporaciones. Esta es diferente, La ley de IA Act aplica a cualquier negocio que use inteligencia artificial y opere en la Unión Europea o venda a clientes europeos, sea cual sea su tamaño y el país desde el que trabaje. Lo dice su artículo 2, que incluye a las empresas de fuera de la UE cuando el resultado de la IA se usa dentro de la Unión.

La buena noticia es que la misma ley que trae obligaciones también deja un camino claro para cumplirlas. Para una pyme, la mayoría son ajustes pequeños. La clave está en entender qué pide exactamente y qué no. De eso va este artículo.

¿Qué es el AI Act y por qué existe?

El Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, conocido como AI Act, es la primera ley integral de IA del mundo. Se aprobó en 2024 y se aplica por fases para dar tiempo a empresas y administraciones a adaptarse.

Su lógica es sencilla. Clasifica los usos de la IA según el riesgo que suponen para las personas, y a más riesgo, más obligaciones. Hay cuatro niveles.

  • Riesgo inaceptable. Prohibido (artículo 5). Manipulación dañina, puntuación social de ciudadanos o reconocimiento de emociones en el trabajo.
  • Alto riesgo. Reglas duras (capítulo III y anexo III). Si usas en tu empresa una IA que decide sobre contrataciones, créditos, educación o infraestructuras críticas. Exige auditorías, documentación y supervisión humana.
  • Riesgo de transparencia. Informar (artículo 50). Si tienes chatbots o publicas contenido generado con IA, tendrás que etiquetarlo como corresponde. Aquí está la mayoría de las pymes.
  • Riesgo mínimo. Sin obligaciones específicas. La mayoría de herramientas del día a día, como filtros de spam o correctores de textos.

¿Cómo ha ido evolucionando la ley?

  • Febrero de 2025 · ya en vigor. Quedan prohibidas las prácticas de riesgo inaceptable (artículo 5) y las empresas que usan IA deben dar formación básica a sus equipos (artículo 4).
  • Agosto de 2025 · ya en vigor. Obligaciones para los grandes modelos de IA de propósito general (capítulo V). Recaen en proveedores como OpenAI, Google o Anthropic, no en quienes los usan.
  • 2 de agosto de 2026 · lo que toca ahora. Reglas de transparencia (artículo 50) y supervisión con sanciones por parte de las autoridades nacionales. En España, la AESIA.
  • Diciembre de 2027 · aplazado. Obligaciones de los sistemas de alto riesgo (capítulo III y anexo III). Inicialmente era agosto de 2026, pero la UE lo aplazó con el paquete Digital Omnibus.

Ojo con los artículos publicados antes de 2026. Muchos dicen que el alto riesgo empezaba ahora en agosto y ya no es así. Lo que llega el 2 de agosto es la transparencia.

¿Qué entra en vigor ahora? (2 de agosto de 2026)

1. La regla de transparencia (artículo 50)

Se resume en dos ideas. Si una persona interactúa con una IA, tiene derecho a saberlo. Y el contenido generado por IA debe poder identificarse como tal. En la práctica son tres obligaciones concretas.

Tu chatbot o asistente de voz debe presentarse como IA (artículo 50.1). Da igual si vive en tu web, en WhatsApp o en los mensajes de Instagram. En cuanto un cliente habla con él, debe quedar claro que no hay una persona al otro lado, salvo que sea evidente por el contexto. Basta con un primer mensaje honesto, por ejemplo

Hola, soy el asistente virtual de (tu negocio). Puedo ayudarte con dudas y citas. Si prefieres hablar con una persona, dímelo y te paso con el equipo.

El contenido generado con IA debe llevar marcado técnico (artículo 50.2). Las herramientas que generan imágenes, vídeo, audio o texto deben marcar ese contenido en un formato legible por máquinas, el llamado watermarking. Esta parte técnica recae en los proveedores de las herramientas. Para sistemas que ya estaban en el mercado antes del 2 de agosto hay una prórroga hasta el 2 de diciembre de 2026.

Quien publica también responde (artículo 50.4). Aquí está el matiz que más se malinterpreta. El marcado técnico del proveedor no te libera a ti. Si publicas un deepfake o una imagen o vídeo que parece real, tienes tu propia obligación de declararlo de forma visible para las personas, con independencia de la marca técnica. Es una responsabilidad compartida. Si la herramienta falló al marcar el contenido o la marca se perdió por el camino, tu deber de etiquetarlo al publicar sigue intacto.

Para el texto hay una excepción que juega a tu favor. El texto generado con IA publicado para informar al público solo debe declararse si nadie lo revisa. Si una persona de tu equipo lo revisa, lo edita y se hace responsable de lo publicado, no necesita etiqueta.

Y un apunte menos habitual. Si usas reconocimiento de emociones o categorización biométrica, debes informar a las personas expuestas (artículo 50.3). Pocas pymes lo hacen, pero conviene saberlo.

2. Sanciones y supervisión (artículo 99)

Desde el 2 de agosto las autoridades nacionales supervisan estas obligaciones. En España es la AESIA, la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial. Incumplir las reglas de transparencia puede suponer multas de hasta 15 millones de euros o el 3% de la facturación global, con importes proporcionales para pymes. Las multas mayores, de hasta 35 millones o el 7%, se reservan para las prácticas prohibidas.

El objetivo del regulador no es cazar a la clínica o al restaurante que usa IA en sus redes. El riesgo real de no hacer nada es quedarse atrás cuando clientes y plataformas empiecen a exigir transparencia como estándar.

Qué te aplica y qué no

Esto sí te aplica

  • Avisar cuando un cliente habla con tu chatbot o agente de IA (artículo 50.1).
  • Etiquetar de forma visible los deepfakes y las imágenes o vídeos realistas generados con IA (artículo 50.4), aunque la herramienta ya los marque técnicamente.
  • Dar formación básica en IA a tu equipo. Esto aplica desde febrero de 2025 (artículo 4).
  • Saber qué herramientas de IA usa tu negocio y poder explicarlo si te lo preguntan.

Esto no te aplica

  • Dejar de usar IA para crear contenido. Sigue siendo totalmente legal.
  • Etiquetar cada texto escrito con ayuda de IA. Si tu equipo lo revisa y lo aprueba, no hace falta.
  • Las obligaciones de alto riesgo, como auditorías o documentación técnica (capítulo III y anexo III). Van dirigidas a usos como la selección de personal o el crédito y además se aplazaron a diciembre de 2027.
  • Contratar consultoría de compliance cara. Para una pyme son ajustes de días.

¿Todavía tienes dudas? Por aquí te dejamos las preguntas más comunes de los dueños de un negocio

¿Puedo seguir usando ChatGPT, Claude o Lexy para crear mi contenido?

Sí. La ley no restringe usar IA para crear contenido de marketing. Pide transparencia en casos concretos, no dejar de usarla.

¿Tengo que etiquetar todos mis posts hechos con IA?

No. Solo el contenido sintético que parece real, como imágenes, audio o vídeo, y los deepfakes siempre. Un texto que tú revisas y apruebas no necesita etiqueta.

Mi empresa está fuera de la UE. ¿Me aplica?

Si vendes a clientes europeos o el resultado de tu IA se usa dentro de la Unión, sí (artículo 2). Da igual que la empresa esté en Colombia o en Estados Unidos.

¿Qué pasa si mi web la lleva una agencia?

La responsabilidad de cómo usas la IA en tu negocio sigue siendo tuya. Pregunta a tu agencia qué herramientas usa y cómo etiqueta el contenido. Dos correos y lo tienes resuelto.

La transparencia no es un trámite. Es una ventaja.

Los negocios que digan claramente que usan IA y que la usan bien van a generar más confianza que los que lo escondan. En Lexy creamos contenido con IA que tú revisas, apruebas y publicas con tranquilidad, como un compañero de equipo más. Conoce más aquí.